sábado, 24 de mayo de 2014

Régimen Legal Laboral en Venezuela

El poder público tiene su organización tanto vertical (Municipal, Estadal, Nacional) como Horizontal (Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral) pero cada uno cooperan entre ellos, aunque La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales corresponde al Poder Público Nacional, vemos que existen varios procedimientos que generan y promueven la descentralización, como por ejemplo el poder legislativo representado por la Asamblea Nacional puede atribuir a los Municipios o a los Estados determinadas materias de la competencia nacional.




En Venezuela se aplica la estructura Kelseniana de forma piramidal, de acuerdo a la jerarquización de las leyes donde vamos desde la Carta Magna (Constitución Nacional) hasta las ordenanza municipales, de acuerdo al gran abanico legal vigente en nuestro país, contamos con leyes Orgánicas, Leyes Ordinales pasando por decretos, resoluciones y providencias administrativas entre otras.




Pero para poder analizar el surgimiento y adecuación de las nuevas leyes en el ámbito laboral y el derecho al trabajo, debemos ver la génesis que ha hecho que día a día el Estado Venezolano genere nuevas normativas en pro del beneficio de los trabajadores y trabajadores y no es más que la revisión a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


La nueva Constitución del 1999 tiene una marcada diferencia con la constitución del 1961, De acuerdo al Art 87 de CRBV, “Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias…” en esta nueva carta magna encontramos como propósito fundamental el aseguramiento al derecho del trabajo, este es un  hecho social y gozará de la protección del Estado, de acuerdo al Art. 89 de CRBV.   La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e   intelectuales de los trabajadores; Para el cumplimiento de esta obligación   del Estado se establecen que ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y  progresividad de los derechos y beneficios laborales.



Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o        convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición.


Tiene como novedad  la protección tanto a la madre como al padre de acuerdo al Art: 76 de la CRBV. En el Art: 81 donde la oportunidad en condiciones satisfactorias a personas con diversidad funcional, en esta constitución tiene como novedoso la igualdad  de sexo en el trabajo como lo expresa el Art: 88 de CRBV.


De igual forma vemos como novedoso los Art: 90 que regulariza el horario de la jornada laboral beneficiando al trabajar en búsqueda del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras, ya que es disminuido La jornada de trabajo diurna esta no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta horas semanales. En los casos en que la ley lo permita, la jornada de trabajo nocturna no excederá de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales.

Expectativas del Marco Legal de la Gerencia de Talento Humano en Venezuela

     


Si bien es cierto el  mundo vive cambios apresurados, y nuestro país Venezuela no se encuentra ajeno a los cambios Políticos, Económicos, Sociales entre otros, es por ello que el Estado Venezolano no se ha quedado atrás y viene diseñando y colocando en práctica un conjunto de leyes, reglamentos y decretos con el fin de ir adecuándose a los principios fundamentales de la Constitución Nacional, en pro del beneficio del pueblo y por ende del poder popular.



En esta medida vemos que en  el Marco legal de la Gerencia del Talento Humano ha cambiado considerablemente, partiendo de los principios Fundamentales de La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, luego con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), Ley de Estatuto de la Función Pública, Ley de Alimentación para los Trabajadores, Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad,  entre otras leyes.



Es por ello que como expectativa es conocer aún más  el mundo relacionado con el Talento Humano, sus derechos, sus obligaciones, sus deberes, las leyes que lo amparan, que le otorgan beneficios pero también aquellas leyes que le rigen su accionar de día a día y le dictan sus deberes.


Los cambios han generado que ya no denominemos a un trabajador o una trabajadora como empleado público si no como un “servidor público” vemos un conjunto de principios nuevos, en estas leyes que generan nuevos procedimientos que procuran la mejor elección, educación y organización de los servidores de una organización pública o privada, la búsqueda de su satisfacción en el trabajo y mejor rendimiento a favor de unos y otros, también es de notar  que ya no vemos una discriminación por género, vemos como las leyes, le  dan oportunidades aquellas personas con diversidad funcional, todo este mundo ha venido cambiando paulatinamente y que mejor que esta maestría para seguir obteniendo conocimientos sobre este universo que rodea al Talento Humano tanto en la área pública como privada. 

miércoles, 21 de mayo de 2014

TEMA Nº 1 REGIMEN LEGAL LABORAL EN VENEZUELA

FACILITADOR:
Manuel Alexander Rojas
UNIDAD CURRICULAR:
MARCO LEGAL DE LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS EN VENEZUELA
ORGANIZACIÓN
De la Organización del Poder Público
El Poder Público se distribuye de dos formas:
A) Distribución político territorial organizada verticalmente:
Entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional.
B) Distribución funcional organizada horizontalmente:
Se divide en Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. (Art. 136 CN)
Es de la competencia del Poder Público Nacional: La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales… la del trabajo, previsión y seguridad sociales; (Art. 156, num.32, CN)
Sin embargo, la misma Asamblea Nacional, por mayoría de sus integrantes, podría atribuir a los Municipios o a los Estados determinadas materias de la competencia nacional, a fin de promover la descentralización. (Art. 157 CN)
Comentarios sobre la normativa legal
  • Leyes Orgánicas: Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Requisitos especiales de las Leyes Orgánicas: Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas, antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara que no es orgánica la ley perderá este carácter. (Art. 203 CN)
Decretos Ley: Aun cuando la elaboración de las leyes formales corresponde normalmente al Poder Legislativo (Asamblea Nacional) excepcionalmente este poder puede delegar en el Poder Ejecutivo la función legislativa formal a través de las Leyes Habilitantes.
NORMAS LEGALES QUE RIGEN LA MATERIA:
La Constitución Nacional:La ley fundamental, la Carta Magna, La Constitución y la ley definirán las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen.  (Art. 137 CN).
LeyesLa ley, desde el punto de vista formal, es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador. Las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos, por ejemplo: Código Orgánico Tributario, Código Orgánico Procesal Penal.  (Art. 202 CN)
Las leyes de dividen en:
  • Leyes Ordinarias
  • Leyes Orgánicas
Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y el marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes de base deben fijar el plazo de su ejercicio (art. 203 CN).
En efecto, dentro de las atribuciones y obligaciones del Presidente de la República esta el dictar, previa autorización por una ley habilitante de la Asamblea Nacional, decretos con fuerza de ley. (Art. 236, num. 8, CN).
Adicionalmente, las Leyes formales, ordinarias, orgánicas o decretos ley, deben cumplir con otras formalidades:
  • El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquél en que la haya recibido. Dentro de ese lapso podrá, con acuerdo del Consejo de Ministros, solicitar a la Asamblea Nacional, mediante exposición razonada, que modifique alguna de las disposiciones de la ley o levante la sanción a toda la ley o parte de ella. (Art. 214 CN)
  • La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “Cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. (Art. 215 CN)
  • Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. (Art. 24 CN).
Reglamentos: También es atribución y obligación del Presidente o Presidenta de la República el Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón. (Art. 236, num. 10, CN)
La Pirámide de Kelsen (va de mayor a menor)
  1.     Constitución Nacional
  2.     Ley Orgánica
  3.     Ley Ordinaria / Decreto Ley
  4.     Reglamentos
  5.     Ordenanzas Municipales
Valor de los Tratados Internacionales:Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. (Art. 23 CN)
Actos Administrativos  Generalidades
ACTOS ADMINISTRATIVOS, GENERALIDADES
Se entiende por acto administrativo, a los fines de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública. (Art. 7 LOPA)
Los actos administrativos de carácter particular deberán ser motivados, excepto los de simple trámite o salvo disposición expresa de la ley. A tal efecto, deberán hacer referencia a los hechos y a los fundamentos legales del acto. (Art. 9 LOPA)
Ningún acto administrativo podrá crear sanciones, ni modificar las que hubieran sido establecidas en las leyes, crear impuestos u otras contribuciones de derecho público, salvo dentro de los limites determinados por la ley.
Las Decisiones de los órganos de la Administración Pública Nacional: Cuando no les corresponda la forma de decreto o resolución, conforme a los artículos anteriores, tendrán la denominación de orden o providencia administrativa. También, en su caso, podrán adoptar las formas de instrucciones o circulares. (Art. 17 LOPA)
Del Procedimiento Administrativo, Generalidades
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.   GENERALIDADES
Los procedimientos administrativos se tramitan en SEDE ADMINISTRATIVA, y los procedimientos contenidos en leyes especiales se aplicarán con preferencia al procedimiento ordinario previsto en la LOPA en las materias que constituyan la especialidad. (Art. 47 LOPA)
Por el contrario, los PROCEDIMIENTOS JUDICIALES se llevan a cabo en SEDE JUDICIAL, por ante los Tribunales, aplicando leyes especiales.
Por ejemplo, en los casos civiles y mercantiles, se aplica el Código de Procedimiento Civil como NORMA PROCESAL y el Código Civil o el Código de Comercio como leyes sustantivas.
ANTECEDENTES INTERNACIONALES EN LEGISLACION LABORAL
1.1  ANTECEDENTES INTERNACIONALES EN LEGISLACION LABORAL
  • Ley de pobres (Inglaterra 1601)
  • Legislaciones europeas producto de la revolución industrial (p.e. ley de resguardo a los efectos nocivos de la revolución industrial, ley de fabricas 1933)
  • Constitución mexicana 1917
  • Tratado de versalles 1919
  • Carta de bogota (oea) 1948
  • Declaración de los derechos humanos París 1948
REFERENCIA HISTORICA DE LA LEGISLACION COLECTIVA DEL TRABAJO EN VENEZUELA
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS EN VENEZUELA
  • Leyes de indias y las instrucciones del gobernador Berroteran (1680)
  • Códigos, leyes y ordenanzas municipales de policía en las provincias (1830-1917)
  • Constitución de Barcelona de 1812
  • Ley de minas 1915
  • Código civil 1916-1922
  • 1917 Ley de talleres y establecimientos públicos
  • Ley del Trabajo de 1928
  • Ley del Trabajo de 1936
  • Reglamento de la Ley del Trabajo 1974
  • Ley Orgánica del Trabajo 1991
  • Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo 1999
  • Constitución nacional de 1999
  • Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo 19 de Junio de 1997
  • Ley Orgánica  Procesal del Trabajo del 12 Agosto 2002
  • Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo 2006
  • Ley Orgánica del Trabajo, Los trabajadores y las Trabajadoras del 30.04.2012
CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1999.
1.2.- Constitucionalización del Derecho del Trabajo en la Constitución de 1999.
El derecho del trabajo y la seguridad social en la constitución de 1961 y en la constitución de 1999

TEMAS PARA LAS EXPOSICIONES Y LOS TRABAJOS FINALES:

  1. RÉGIMEN ESPECIALES: Del Trabajo de los Menores y los Aprendices
De los trabajadores Domésticos, De los Trabajadores Conserjes, de los Trabajadores a Domicilio
De los Deportistas
De los Trabajadores Rurales, del trabajadores en el Transporte terrestre, Navegación, Fluvial y Lacustre y Trabajadores Aéreo y de los Trabajadores de los Actores, Músicos, Folkloristas y demás trabajadores Intelectuales.

Elaborar Cuadro Comparativo del tema de investigación con otros países (Venezuela, Colombia, Chile, México, Argentina, Brasil y España) y cualquier otro valor agregado considerado por los participantes en su investigación.

  1. Ley del Estatuto de la Función Pública y su Reglamento, es decir, (el Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa lo cual se mantiene vigente a la presente fecha), quedando estructurado de la siguiente manera:
  • Base Constitucional, Objetivo, Ámbito de Aplicación
  • Principios, Derechos, Deberes y Prohibiciones de los Servidores Públicos
  • La Situación de los Contratados en la LEFP y su Relación con la Regulación Anterior (establecer diferencias entre ambas, tipo cuadro se recomienda)
  • Responsabilidades de los Servidores Públicos, y Régimen Disciplinario, Elaborar de acuerdo a lo establecido en la Ley el Procedimiento del Nuevo Sistema de Administración de Personal de los Servidores Públicos (se deberá realizar tipo proceso), Régimen Jurisdiccional, Tribunales con la Competencia, Atribuciones.
  • Personal de Cargo 99 establecer su régimen de acuerdo a lo que señala la Ley señalar el proceso para este tipo de personal de Alta Dirección o de Confianza, Medidas Cautelares Administrativas, Comisiones de Servicios, indicar los procesos completos en estos casos, como se hace, ante quien, su duración, quien lo aprueba etc….Analizar los artículos del Reglamento desde el N° 47 al 89, hacer especial énfasis en los artículos del 60 al 77, y cualquier otro valor agregado considerado por los participantes en su investigación de campo.

  1. La Convención Colectiva de Trabajo (Derecho Colectivo): Base Constitucional, Objeto y Ámbito de Aplicación, de la Organización Sindical, Clases de Sindicatos, Elecciones, Registro y Funcionamiento de Organización, de los Fondos Sindicales.
De la Protección   de la Libertad Sindical , del Fuero Sindical, De la Disolución y Liquidación,  de las Federaciones y Confederaciones, de las Negociaciones y Conflictos Colectivos: De las Negociaciones Colectivas, Del Pliego de Peticiones, de la Conciliación , del Arbitraje, de la Huelga , de la Convención del Trabajo, de la Reunión Normativa Laboral y de la Extensión obligatoria de la Convención Colectiva, Sección Primera: de la Reunión Laboral . De la extensión obligatoria de las Convenciones Colectivas, Sanciones y Elaborar Cuadro Comparativo del tema de investigación con otros países (Venezuela, Colombia, Chile, México, Argentina, Brasil y España) y cualquier otro valor agregado considerado por los participantes en su investigación.

  1. Ley para las Personas con Capacidad Especial y de la Ley de Alimentación para los Trabajadores, para ambas leyes deberán contemplar lo siguiente:
üBase Constitucional, Objetivo, Ámbito de Aplicación, Principios.
üDerechos, Deberes y Garantías para este tipo persona con capacidad Especial
üDe la Educación, Cultura y Deportes, Del trabajo y la Capacitación
üDe la Accesibilidad y Vivienda, Del Transporte y Comunicaciones
üDe la Participación Ciudadana. Del Sistema Nacional de Atención Integral a las Personas con Capacidad Especial: De la Rectoría, Del Consejo Nacional para Personas con Capacidad Especial, De las Unidades Municipales, De los Registros para la Atención a las Personas con Capacidad Especial, del Porcentaje Patronal en cuanto a este tipo de Personas Especiales, de las Sanciones Generales, Particulares y del Procedimiento Sancionatorio.
üDe la LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES (AS): Reglamento del la Ley Decreto N° 4.448, Base Constitucional, Objeto, Ámbito de Aplicación, Definiciones, Principios, Derechos y Deberes, Obligaciones, De los Trabajadores y Trabajadoras Beneficiarios, de las Formas de Implementar el Otorgamiento al Beneficiario, del Otorgamiento mediante la instalación de Comedores o la Contratación del servicio de Comida elaborada, del Otorgamiento mediante Cupones, Tickets o Tarjetas Electrónicas de Alimentación, Otorgamiento mediante la entrega de Beneficios Sociales con Carácter Similar, de los Registros de la Empresas Especializadas , de las Obligaciones del Empleador o Empleadora, de las Imposiciones de las Sanciones Establecidas en la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Elaborar Cuadro Comparativo del tema de investigación con otros países (Venezuela, Colombia, Chile, México, Argentina, Brasil y España) y cualquier otro valor agregado considerado por los participantes en su investigación.

  1. DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO:LOPCYMAT y su REGLAMENTO, quedando estructurado de la siguiente manera:
  2. Base Constitucional, Objetivo, Ámbito de Aplicación
  3. Principios, Derechos, Deberes y Prohibiciones de los trabajadores y trabajadoras, Empleadores y Empleadoras, Políticas Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
  4. Organización del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo: Conformación, Rectoría, Entes de Gestión, Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Autoridades y Atribuciones)
  5. De los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  6. De la Participación y el Control Social: De la Participación de los Trabajadores y de los Empleadores
  7. Del Comité de Seguridad y Salud Laboral (Constitución, Inscripción, Elecciones, Cantidad que pueden estar conformado, todo el proceso que implica su organización y funcionamiento)
  8. De los Consejos Estadales, Municipales y por Rama
  9. De las Empresas de Trabajo Temporal, Intermediarias y Contratistas, De la Higiene , La Seguridad y la ERGONOMIA , Definiciones, causas y consecuencias. Accidentes Laborales y Enfermedades Ocupacionales, Definiciones, Causas, Consecuencias y resultados, Sanciones, de la Declaración de los Accidentes de trabajo, Organismos ante quien se declara, tiempo que establece la ley para estos casos, solicitudes y procesos que se deben cumplir caso se produce el hecho. De las prestaciones, programas y servicios del Componente de Prevención, Seguridad y Salud Laboral, Inherencias de las Áreas de las Empresas en cuanto a sus responsabilidad.
  10. De las Prestación, Programas y Servicios en cuanto a la RECREACIÓN, Utilización del Tiempo Libre, descanso y TURISMO SOCIAL. De las Responsabilidades y SANCIONES, Infracciones, cotizaciones y afiliación, de las Responsabilidades de Indemnización por Accidente Laboral o Enfermedad Ocupacional, Proceso Sancionatorio y por último Elaborar Cuadro Comparativo del tema de investigación con otros países Venezuela, Colombia, Chile, México, Argentina, Brasil y España) y cualquier otro valor agregado considerado por los participantes en su investigación.

  1. Sujetos de la relación laboral, características. Deberes y derechos de trabajadores y patronos. Tipos de contratos. Condiciones de la prestación del servicio: jornadas, regímenes especiales de trabajo, riesgos, formas de pago.  Terminación del contrato: Despidos, renuncias. Costos. Convenios.
Definición del salario: sus Componentes y otros pagos derivados de la relación laboral: vacaciones, utilidades, Prestaciones sociales, Pre-aviso, antigüedad. Fideicomiso,  beneficios indirectos. Cláusulas contractuales. Procedimientos administrativos.