Si bien es cierto en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las
Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT) define el salario en la misma forma en
que lo hizo la derogada Ley Orgánica del Trabajo (LOT) de 1.997. En el artículo 104 de la LOTTT donde señala
por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su
denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de
curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de
su servicio.
Así mismo define el SALARIO NORMAL como la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de las prestaciones sociales y las que esta ley considere que no tienen carácter salarial.
Así mismo define el SALARIO NORMAL como la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de las prestaciones sociales y las que esta ley considere que no tienen carácter salarial.
De igual
forma encontramos dos modificaciones con respecto a los elementos integrantes
del salario:
En el Artículo 104 que los subsidios o
facilidades que el patrono otorgue con el propósito que éste obtenga bienes y
servicios para mejorar su calidad de vida y la de su familia tendrán carácter
salarial, eliminando la figura del llamado salario atípico creado en el
Parágrafo Primero del artículo 133 de la LOT del 97 que permitía que hasta el
20 % de la remuneración del trabajador se excluyera de la base de cálculo de
todos o algunos de los beneficios legales y contractuales del trabajador, entre
ellos los pagos de horas extras, bono nocturno, descanso semanal y feriados,
vacaciones, utilidades y prestaciones sociales.
Y agrega en la lista de beneficios sociales no
remunerativos que no deben ser considerados como parte integrante del salario
el cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores a través de
servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación
y demás modalidades previstas por la ley que regula la materia (numeral 2 del
artículo 105 de la LOTTT).
El salario para las personas representan una delas complejas transacciones, ya que cuando una persona acepta un cargo, se compromete a una rutina diaria, a un empleador de actividades y una amplia gama de relaciones interpersonales dentro de una organización, por lo cual recibe un salario. Así, a cambio de este elemento simbólico intercambiable, EL DINERO, el hombre es capaz de empeñar gran parte de sí mismo, de su esfuerzo y de su vida.
El salario para las
organizaciones son a la vez un costo y una inversión. Costo, porque los
salarios se reflejan en el costo del producto o del servicio final. Inversión,
porque representa aplicación dedinero en un factor de producción. El trabajo
como un intento por conseguir un retorno mayor.
En Venezuela a partir del 6 de enero del 2014, el
sueldo mínimo básico es de Bs. 3.270,30 (Gaceta Oficial Nro. 40.327). Y partir
del 1 de mayo del 2014, el sueldo mínimo básico para todos los trabajadores del
sector público y privado, pensionados del seguro social y los jubilados, tendrá
un aumento del 30%, quedando el salario o sueldo mínimo en Bs. 4.251,40 (Gaceta
Oficial Nro. 40.401).
El nuevo sueldo o salario mínimos de los
adolescentes aprendices es de 3.161,70 bolívares mensuales.
Fuente: Gaceta Oficial Nro. 40.401.
Salario: son todos los pagos que reciben los
trabajadores por el tiempo y el esfuerzo dedicado a la producción de bienes y
servicios. Se paga por hora o por día y casi siempre el total se paga al
finalizar la semana, se aplica a trabajos manuales, talleres o fábricas.
Sueldo: son todos los pagos de forma periódica
realizados a los trabajadores sobre una base por hora. Se paga por quincena o
mes y se aplica a trabajos intelectuales, administrativos, contables,
supervisión o trabajos de oficina.
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