La convención colectiva de trabajo es celebrada
entre uno o varios sindicatos legitimados de trabajadores y patronos, con la
finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio y tiene en
Venezuela una amplia regulación. Ahora bien, si los trabajadores no se
encuentran sindicalizados o su número es insuficiente para constituir un
sindicato, no por ello están impedidos de discutir y estipular sus condiciones
de trabajo y los derechos y obligaciones que corresponden a cada una de las
partes, lo cual realizan a través de una coalición o grupo de trabajadores,
mediante un documento denominado acuerdo colectivo de trabajo, o bien
individualmente a través de un contrato individual de trabajo.
Es importante destacar que la regulación de los
acuerdos
colectivos de trabajo en el ordenamiento jurídico venezolano es escasa
y se aplican a estos, en forma supletoria, las normas jurídicas relativas a la
convención colectiva. La convención colectiva tiene efectos jurídicos
obligantes y pasa a formar parte de los contratos individuales de trabajo, aún
de aquellos que se celebren con posterioridad a la entrada en vigencia de la
convención, pero se deja a salvo la posibilidad de excluir de su ámbito de
aplicación a los trabajadores de dirección y los de confianza, aunque las
condiciones de trabajo, derechos y beneficios.
El contrato colectivo de trabajo, también llamado
convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un
tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y
uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una
organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresa).
La convención colectiva tiene por finalidad la
regulación de las condiciones de trabajo en sentido amplio y demás aspectos
vinculados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la solución
de los conflictos y, en general, la protección de los trabajadores y sus
familias, en función del interés colectivo y del desarrollo económico y social
de la Nación.
El contrato colectivo de trabajo puede regular
todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos,
vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional,
régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como
determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores
(representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera
sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, entre otros.).
La convención colectiva tiene por finalidad la
regulación de las condiciones de trabajo en sentido amplio y demás aspectos
vinculados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la
solución de los conflictos y, en general, la protección de los trabajado.
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ResponderEliminarEXCELENTE PRSENTACION!
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